La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a una
asociación de Cabezón de la Sal y a su aseguradora a pagar una
indemnización de 11.165 euros, además de los intereses, a la madre de un
menor que sufrió una caída cuando participaba en una carrera de burros y
tuvo que pasar seis días en el hospital.
La Sección Cuarta de la Audiencia estima así en parte el
recurso de apelación que presentó la madre contra una sentencia dictada
por un juzgado de Torrelavega en 2012.
El magistrado argumenta en su sentencia que una carrera de
burros es una actividad de riesgo aunque se permita "en el contexto de
una una sociedad evolucionada y responsable" siempre que el organizador
tome medidas.
Y dice que al permitir que se celebre "a pelo", sin
monturas ni medios de sujeción, como ocurrió en este caso, el riesgo se
incrementa hasta tal punto que la probabilidad de que se produzca una
caída y una lesión por esa caída o por ser pisado por los burros es "más
que probable".
Además, destaca que el riesgo aumenta si a los
participantes "no se les exige una mínima destreza" y subraya que si se
trata de menores "su inmadurez y su inexperiencia se suma a las
anteriores circunstancias de riesgo".
Según señala la sentencia, en la carrera no se tomaron
precauciones que "abortaran el riesgo de caída" y que evitaran que "el
jinete, carente de toda sujeción, se sometiera al instinto de un animal"
en sus movimientos y reacciones.
No obstante, considera que los padres del chico también son
responsables solidarios con la asociación organizadora, porque si le
hubieran impedido participar "el resultado se hubiera evitado".
El juez, sin embargo, sólo condena a la asociación y a su aseguradora porque los padres, dice, no han sido demandadas.
Además de la indemnización, la asociación deberá pagar los
intereses desde la fecha en la que se presentó una reclamación
extrajudicial hasta el momento en que se ha dictado esta sentencia y la
aseguradora, los que corresponden desde el día del accidente hasta el
pago.
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