La sentencia que absuelve al alcalde de San Vicente y a otros tres
concejales de los delitos de prevaricación y contra la ordenación del
territorio por las 12 viviendas de La Argolla en el Parque Natural de
Oyambre es una más de las numerosas cuadraturas del círculo de la
Administración de Justicia en España, tanto por el retraso y la
oportunidad de su publicación –en su momento aplazada para después de
las elecciones generales y ahora distanciada de otras sentencias
concejales de los delitos de prevaricación y contra la ordenación del
territorio por las 12 viviendas de La Argolla en el Parque Natural de
Oyambre es una más de las numerosas cuadraturas del círculo de la
Administración de Justicia en España, tanto por el retraso y la
oportunidad de su publicación –en su momento aplazada para después de
las elecciones generales y ahora distanciada de otras sentencias
polémicas para diluir su impacto en las penitencias de la Semana
Santa y teniendo en cuenta que la continuación de la obras antes de
emitirse la sentencia que comentamos no ha sido, precisamente, un
ejemplo de prudencia legal– como por una argumentación absolutamente
forzada donde en vez de contribuir a despejar la “confusión e
incertidumbre” esclareciendo el sentido último de las leyes –como les
corresponde a los tribunales– en el sentido más exigente y favorable
a los intereses generales y a la defensa del medio ambiente, tal como
se recoge en las normas y leyes promulgadas, no encuentra en ello,
paradójicamente, más que disculpas y pretextos para eximir de
responsabilidades penales a alcaldes, concejales, arquitectos,
asesores, secretarios y demás acompañamiento –incluidos los alcaldes
de los municipios vecinos que, al parecer, venían actuando de la
misma manera– que, sorprendentemente, resulta que eran los únicos en
“no percatarse” –precioso verbo por otra parte recogido literalmente
en los argumentos de la sentencia– de las infracciones e impactos que
se estaban produciendo ante la estupefacción general de esta epidemia
de ceguera colectiva en la burocracia político-administrativa cuando
las denuncias podían, de haberlas considerado a su debido tiempo,
haber contribuido a abrirles los ojos.
Una sentencia que sorprende por el desprecio absoluto a las
fundamentadas tesis de la acusación pública –que debían haber
inspirado una resolución final de carácter ejemplar para la impunidad
con la que se viene actuando en Oyambre desde hace tanto tiempo– y
que debería haber dado lugar a ampliar –en vez de absolverlos a
todos– las imputaciones a quienes por acción u omisión –“el
desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”– han
consentido una agresión que, desde luego supone una fragmentación
ecológica y una alteración del suelo significativas en términos
biológicos y un impacto paisajístico irreversible se mire por donde
se mire –aunque se empeñen en no verlo–, tanto en sí misma como en el
peligroso precedente y agravio que crea.
Eso sí, de una cosa estamos seguros: los culpables de esta
situación son los ecologistas y los responsables desde 1988, fecha en
la que se creó el parque, de la continua degradación de Oyambre son
arcángeles y música celestial.
Emilio Carrera. Representante de los grupos ecologistas y
conservacionistas en el Patronato del Parque Natural de Oyambre
conservacionistas en el Patronato del Parque Natural de Oyambre
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