La Comisión Regional de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, CROTU, ha concedido licencia para la
construcción de las tres primeras viviendas unifamiliares que se van a
realizar en Cantabria tras la aprobación de la reforma del Régimen
Jurídico de la Ley del Suelo. Estas primeras viviendas que se van a
levantar en los municipios de Cabezón de la Sal, Ruente y Ruesga, vienen
a corroborar el interés del presidente Ignacio Diego en la dinamización
del mundo rural ya que abre "un nuevo horizonte" a mucha gente que
vive, cuida y protege el medio rural, y que permite "más fijación de los
ciudadanos de las zonas rurales a su entorno y facilita la vivienda en
el núcleo y en el entorno de la familia". En este sentido, el consejero
de Urbanismo, Javier Fernández ha explicado que permitirá un efecto
importante de reactivación del negocio y recuperación del empleo en el
sector de la construcción, especialmente las pequeñas empresas.
En la reunión que han mantenido esta mañana, y que ha estado presidida
por el consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Urbanismo, Javier Fernández, la CROTU también ha aprobado un número
importante de rehabilitaciones de construcciones situadas en suelo
rústico.
El presidente Diego ya
destacó en su momento el enriquecimiento que tuvo la reforma de la Ley
con la aportación de los ayuntamientos. "El resultado es una norma que
supone la dinamización del mundo rural y que permite por fin que sea una
realidad ese anhelo de los ayuntamientos y de los ciudadanos de poder
construir vivienda unifamiliar en suelo rústico y de potenciar los
distintos usos, en el suelo rústico y de fomentar muchísimo la
rehabilitación de todas las edificaciones existentes, son demandas
sociales que hoy ya son una realidad".
Fernández ha explicado que el presidente de Cantabria, Ignacio Diego,
firmó el pasado mes de octubre un convenio con la FMC que priorizaba la
redacción de la reforma de la Ley de Ordenación Territorial y Régimen
Urbanístico del Suelo. "Un año después esta Ley no sólo es ya una
realidad, sino que hoy la CROTU ya ha concedido licencia a las tres
primeras viviendas y el visto bueno a la rehabilitación de muchas de
ellas", ha matizado el consejero de Urbanismo.
Esta Ley de Reforma del Régimen Jurídico del Suelo Rústico elaborada en
"estrecha colaboración" entre el Gobierno de Cantabria, a través de la
Consejería de Medio Ambiente, y la Federación de Municipios de Cantabria
(FMC), permitirá, según estimaciones de los propios ayuntamientos,
construir alrededor de mil viviendas unifamiliares distribuidas "de
forma equilibrada" en todo el territorio de la Comunidad Autónoma.
Ley de Reforma del Régimen Jurídico del Suelo Rústico
Esta Ley se sustenta sobre cuatro pilares, que son la creación de más
usos para el suelo rústico, compatibles con su esencia; más
posibilidades de rehabilitación para las construcciones existentes; más
posibilidades de construcción de viviendas unifamiliares y de desarrollo
de actividades artesanales, culturales, de ocio y turismo rural y, en
cuarto lugar, más autonomía municipal.
El texto amplía los usos, desde el convencimiento de que la auténtica
defensa del medio rural consiste en ofrecer a éste una alternativa real
de futuro, por lo que se ha dotado al suelo rústico de un catálogo de
usos para su protección, su cuidado y su desarrollo. Por esta razón,
esta reforma ha ampliado la relación de usos y actividades que podrán
llevarse a cabo en el suelo rústico con la finalidad de favorecer su
dinamización social y económica.
En
segundo lugar, se facilita y se potencia en todo el suelo rústico la
recuperación y rehabilitación de las edificaciones existentes antes de
acudir a la construcción de otras nuevas. Se apuesta, así, por la
restauración de lo ya existente como fórmula para conseguir un
desarrollo sostenible del medio rural, y para profundizar en su
protección, al limitar el consumo de suelo rústico para usos
constructivos.
En tercer lugar,
propone un modelo de crecimiento moderado y sostenible en torno a los
núcleos existentes, que es la forma de crecimiento tradicional de los
núcleos rurales. Pretende orientar el crecimiento en los ámbitos
próximos al suelo urbano, en las tradicionalmente denominadas corolas,
mediante viviendas unifamiliares aisladas, que perpetúan y arraigan en
el terreno las relaciones sociales y familiares posibilitando y
favoreciendo la fijación de la población en el territorio, y también
mediante instalaciones en las que puedan llevarse a cabo actividades
artesanales, culturales, de ocio y turismo rural que aportan un
indudable valor al medio rural.
Al
mismo tiempo se dota a esta nueva posibilidad de crecimiento de todas
las cautelas y limitaciones necesarias para llevar a cabo una auténtica
protección del suelo rústico, limitando la autorización a ámbitos
espaciales muy concretos y próximos a los núcleos urbanos y
tradicionales existentes, y exigiendo en todos los casos el debido
respeto tanto a la tipología edificatoria preexistente, como al paisaje,
al entorno y a los valores ambientales, con los que las nuevas
construcciones tienen necesariamente que armonizar.
En esta Ley se mantienen las ya existentes figuras de los Planes
Especiales de Suelo Rústico, y de los Catálogos de Edificaciones en
Suelo Rústico, pero, junto a dichos instrumentos, se establece la
posibilidad de obtener directamente las autorizaciones y licencias
necesarias para poder llevar a cabo las actuaciones contempladas en la
Ley, siempre que se cumplan los requisitos y los límites establecidos en
la misma.
En cuarto lugar, se
intensifica la esfera de la autonomía local, de modo que, por un lado,
son los ayuntamientos los que asumen las competencias para la
autorización de ciertas actuaciones, con lo que se agilizan y acercan al
ciudadano la resolución de estos procedimientos, pero, por otra parte,
se otorga a los municipios la posibilidad de modular y de decidir el
nivel de aplicación de las nuevas medidas en el ámbito territorial de su
término municipal.
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