El Ayuntamiento recibe una subvención para PCPI

31 agosto 2009


Este año el Ayuntamiento debuta con la subvención que se venía otorgando a otros Ayuntamientos en años anteriores para realizar Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI).

Dichos programas van dirigidos a jóvenes que presentan dificultades de aprendizaje y de inserción laboral, para lo cual se les faculta para obtener una cualificación profesional de nivel 1, al tiempo que pueden proseguir sus estudios y lograr el graduado en ESO o acceder a ciclos de grado medio de Formación Profesional.

La cuantía de la subvención es de 39.000 euros.


Escuela de Adultos (Matrícula)


Protección Civil recomienda evitar las actividades en el mar ante el riesgo de galernas para la tarde de hoy


La Dirección General de Protección Civil del Gobierno de Cantabria ha solicitado que hoy, lunes, se eviten las actividades de ocio y deporte en el mar ante el riesgo de que se produzcan galernas, motivo por el que la Agencia Estatal de Meteorología ha activado el nivel amarillo de alerta entre las 14:00 y las 20:00 horas.

En ese intervalo, se prevé un giro brusco del viento que rolará hacia el noroeste, con intervalos de intensidad fuerte. En la mar, se prevé marejadilla a marejada, con intervalos de fuerte marejada, mar de fondo de componente norte en torno a un metro.

Por otro lado, Cantabria también permanecerá esta tarde en alerta amarilla por el ascenso moderado o notable de las temperaturas máximas, que podrán alcanzar los 34 grados.

Ante esta situación, la Dirección General de Protección Civil ha aconsejado seguir en todo momento las recomendaciones de los socorristas y vigilantes de las playas, así como evitar las actividades de ocio y deporte en el mar durante las horas en las que permanecerán activadas las alertas.

Programa Madrugadores


Demanda de empleo

28 agosto 2009


HOLA! SOMOS UNA PAREJA CON UN BEBE, BUSCAMOS TRABAJO EN EL VALLE DE CABUERNIGA O ALREDEDOR. SOMOSA DE ARAGON, PERO QUEREMOS IR A VIVIR A ESE PARAISO QUE ES CANTABRIA.
SOMOS UNA MASAJISTA, CON REIKI Y FORMANDOSE EN MAS CURSOS DE NATUROPATIA Y UN OFICIAL DEL YESO A MANO Y A MAQUINA PARA TRABAJAR EN LA CONSTRUCCION O LO QUE SURGIERE. SI SURGE LA OPORTUNIDAD ESTE ES NUESTRO NUMERO: 690143529 ISABEL/676659366 LADISLAO GRACIAS.

Festividad de los Santos Mártires


Cambios en la programación:

Domingo 30 de agosto de 2009 en el Parque de La Losa

De 11:30 h. a 14:30 h. DIVERNATURA un espacio loco y divertido de juegos participativos y educativos, más de una treintena de juegos para disfrutar en familia, de habilidad, destreza, concentración, didácticos,….

De 16:00 h. a 20:00 h. HINCHABLES para los más pequeños.

18:00 h. PASACALLES con Cabezudos.

18:30 h. DESFILE INFANTIL DE DISFRACES con regalos para todos los participantes (inscripciones hasta el viernes 28 en la oficina de turismo). A continuación CHOCOLATADA.

A partir de las 20 horas actuación de “De Trovas y Canciones” y a continuación Romería.

Oferta de empleo - Profesor o Técnico en formación en Cabezón de la Sal


PROFESOR/A O TÉCNICO/A EN FORMACIÓN, MONITOR/A O EXPERTO/A(MÍNIMO OFIC. 1ª)

SUS FUNCIONES SERÁN LAS DE IMPARTIR CLASES, HACER PROGRAMACIONES Y EMITIR INFORMES.
SE REQUIERE TITULO ACADÉMICO DE TÉCNICO DE GRADO SUPERIOR EN FORMACIÓN PROFESIONAL DE EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL(CONSTRUCCIÓN) O CERTIFICADO O ACREDITACIÓN DE OFICIAL DE 1ª, CON EXPERIENCIA MÍNIMA DE TRES AÑOS.
SE OFRECE: CONTRATO DE NUEVE MESES Y MEDIO,A JORNADA PARCIAL, CON HORARIO DE TRABAJO DE 11 A 15 HORAS Y SUELDO APROXIMADO DE 900E BRUTOS SE VALORARA EXPERIENCIA EN PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y EMPLEO CON JÓVENES CON DIFICULTADES DE ADAPTACIÓN.
OTROS REQUISITOS: SER MAYOR DE EDAD ,ESTAR INSCRITO/A EN LAS OFICINAS DEL SERVICIO CANTABRO DE EMPLEO, NO HABER SIDO SEPARADO/A NI INHABILITADO/A PARA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Las personas interesadas pueden recabar mayor información y participar en la selección del puesto presentando solicitud y currículum en las oficinas del Ayuntamiento de Cabezón de la sal (plaza virgen del campo, 2, 1ª planta) en horario de 9:00 h. a 14:00 h. de lunes a viernes, y en la sede de la oficina delegada del Emcan en Cabezón de la Sal (Paseo Ambrosio Calzada, s/n, edificio San Martín) en horario de 9:00 h. a 11:00 h., de lunes a viernes. Plazo límite de presentación solicitudes:04.09.09

Mercado Medieval


Tendrá lugar el sábado 29 y domingo 30 de agosto en la calle Virgen del Campo.

Granja – Caravana de burritas – Paseo de ocas por el mercado – Zoco árabe – Grupo de Gaitas Medievales.

Artesanos asistentes: cerámica, pergaminos, alfarería, encuadernación, orfebre, maestro perfumero, aceites y ungüentos, sales, velas, flores secas, juguetes de madera, madera de olivo, máscaras de piel, repujado, zapatero, cristal emplomado, tapices, escribano, jabones, aloe y cremas naturales, arcilla,….

Alimentación artesana: cecinas, miel, embutido de caza, mermeladas y zumos, quesos de toda España, hierbas medicinales, pan, dulces y postres, infusiones, chocolates, aceites, pastas árabes, garrapiñadas, frutos de Niza, licores, sidra natural,…

Tabernas y puestos de hostelería: taberna brasería, kebap, sidrería y lagar y pizza artesana.

Oferta de empleo - Profesor de E.G.B


PROFESOR/A DE PRIMARIA O E.G.B. /PROFESOR/A TUTOR/A.


PROFESOR/A PARA IMPARTIR CLASES, HACER PROGRAMACIONES Y EMITIR INFORMES. REQUISITOS: TITULO ACADÉMICO DE PROFESOR/A DE PRIMARIA O E.G.B. Ó MAESTRO, MAYOR DE EDAD, ESTAR INSCRITO/A EN LAS OFICINAS DEL SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO, NO HABER SIDO SEPARADO NI INHABILITADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA Y EXPERIENCIA MÍNIMA DE TRES AÑOS. SE OFRECE: CONTRATO DE TRABAJO DE NUEVE MESES Y MEDIO, A JORNADA PARCIAL, EN HORARIO DE 08:45 A 12:45 HORAS Y SUELDO APROXIMADO DE 900E BRUTOS. SE VALORARA EXPERIENCIA EN FORMACIÓN Y EMPLEO CON JÓVENES CON DIFICULTADES DE ADAPTACIÓN.

Las personas interesadas pueden recabar mayor información y participar en la selección del puesto presentando solicitud y currículum en las oficinas del Ayuntamiento de Cabezón de la Sal (Plaza Virgen del Campo, 2, 1ª Planta) en horario de 9:00 h. a 14:00 h. de lunes a viernes, y en la sede de la Oficina Delegada del EMCAN en Cabezón de la Sal (Paseo Ambrosio Calzada, s/n, edificio San Martín) en horario de 9:00 h. a 11:00 h. de lunes a viernes. Plazo límite de presentación de solicitudes:04.09.09

Nuevo blog - ¿nueva emisión?

27 agosto 2009


Dejo un enlace permanente a un nuevo blog del municipio en la sección de blogs y webs de vecinos:

Oferta de empleo

26 agosto 2009


Pizzería Larchetto necesita repartidor

llamar al tlno.: 609 488 853


Programa Madrugadores


Ntra. Sra. de Fátima en Saja


Las Guerras Cántabras en Los Corrales de Buelna

Viaje cultural a Portugal

25 agosto 2009


Cine al aire libre





Día: 28 de agosto
Lugar: Plaza del Ayuntamiento
Hora: 22:00 h.
Calificación: Todos los públicos
Género: Comedia


Exposición Escuela Municipal Sta. Teresa

24 agosto 2009


Taller de Abuelos


Aviso sobre el Taller de la Memoria


Cabezón recibe otra ayuda de Medio Ambiente


La Consejería de Medio Ambiente dedicará 750.000 euros a fomentar el desarrollo sostenible dentro de los municipios miembros de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria (RLSC), de la que forma parte nuestro municipio.

Por ello, recibirá la cantidad de 19.531,25 euros para actividades relacionadas directamente con el desarrollo sostenible.

San Bartolomé en Fresneda


¿Quién soy?


Bando - Ayudas al Estudio




Bases

Requisitos

Formulario

MARE implanta la recogida de papel y cartón comercial "puerta a puerta" en Cabezón de la Sal

21 agosto 2009


El director general de MARE, Rafael Canales, y la alcaldesa de Cabezón de la Sal, María Isabel Fernández, han firmado hoy un convenio de recogida de papel y cartón comercial ‘puerta a puerta’ en el municipio. La recogida selectiva de papel y cartón en contenedor en acera se verá reforzada con la puesta en marcha de este nuevo servicio.

Con la firma de este nuevo contrato de colaboración entre la empresa Mare y el Ayuntamiento de Cabezón de la Sal, se iniciará un servicio de recogida de papel y cartón que se realizará puerta a puerta por todos aquellos establecimientos que soliciten el servicio y que sean susceptibles de generar este tipo de residuo, tales como tiendas de ropa, zapaterías, mueblerías, estancos, farmacias, etc. La recogida se hará mediante una furgoneta que Mare aporta para realizar el servicio

El sistema de recogida realizado por Mare debe cumplir con los requisitos establecidos por Ecoembes para este modelo de recogida, según lo establecido en el Convenio Marco de colaboración entre el Gobierno de Cantabria y Ecoembalajes España S.A. (Ecoembes), realizándose la recogida en aquellos municipios semiurbanos donde Mare lleva a cabo la recogida selectiva en contenedor en acera y que cuentan con una población de, al menos, 5.000 habitantes.

Esta iniciativa, que se lleva a cabo con éxito en otros ayuntamientos, se realiza ya en un total de siete municipios (Camargo, Medio Cudeyo, santa María de Cayón, Santa Cruz de Bezana, Reocín, Cartes y Santander), y tiene por objeto facilitar el acceso al reciclaje de papel y cartón de los establecimientos comerciales, ya que generan grandes cantidades que en la mayor parte de los casos no pueden ser asumidas a través de la recogida selectiva de los contenedores en acera.

El principal requisito a cumplir por los comercios que se adhieran al servicio es acumular el papel y cartón en el interior de sus establecimientos, y comprometerse a entregarlo plegado.

La recogida de cartón "puerta a puerta" se llevará a cabo, en un principio, los martes y viernes en horario comercial, frecuencia que podrá verse ampliada o reducida en un futuro, en función de las necesidades del servicio. Se encuentran adheridos al servicio hasta el momento un total de 35 establecimientos repartidos por las calles Hermanos González Cosío, Virgen del Campo, Reverendo Padre Gómez, Santander, San Martín, Poeta José Hierro, Conde San Diego, Matilde de la Torre, La Brañona y Sánchez Ramos, las Avdas. Constitución, Santiago de Gala y Generalísimo; los paseos Ygareda y Ambrosio Calzada; la travesía de San Juan; las plazas Miguel Pérez Alonso, de la Paz y San Pedro; urbanizaciones Molino de S. Martín y Domañanes, y en Mies de Terretin.

Los establecimientos que estén interesados en adherirse al servicio deberán dirigirse a las dependencias del Ayuntamiento de Cabezón de la Sal.

Concierto y Parrillada


Expediente de denuncia


Anuncio Publicado el Viernes , 21 de Agosto de 2009 .- Número 161

Dirección General de Biodiversidad

Notificación de incoación de expediente de denuncia número EP-52/09.

Intentada la notificación sin haberse podido practicar, del acuerdo de incoación correspondiente al expediente de denuncia que se cita, se hace público el presente anuncio en cumplimiento de lo establecido en el artícu-
lo 59.5 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce?dimiento Administrativo Común.


Número expediente: P-52/09.

Nombre y apellidos: Asier de la Herrán García.

NIF: 72133419-Z.

Domicilio: Avda. Generalísimo 7-5.º D Cabezón de la Sal (Cantabria).

Motivo del expediente: Pescar desde el Puente de Santa Lucía, término municipal de Cabezón de la Sal, canal de aprovechamiento hidráulico de la empresa Textil San?tanderina, a las 14:36 horas del día 29 de mayo de 2009. Guardia Civil de Cabuérniga. Los hechos descritos pueden constituir una infracción tipificada como grave en el artículo 48.ñ) de la Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas Continentales de Cantabria, a sancionar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.b) de la citada Ley, con multa comprendida entre 300,01 euros y 3.000 euros.


A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio queda abierto un período de quince días durante el cual el interesado tendrá acceso al expediente en el Servicio de Conservación de la Naturaleza (calle Calderón de la Barca, 4-3.º), en horas hábiles, pudiendo formular cuantas alegaciones considere oportunas y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.

Transcurrido dicho plazo se dictará la correspondiente propuesta de resolución.

Concurso Exposición Regional de Ganado Frisón y Campeonato Reginal de Arrastre


Solicitud licencia instalación de establecimiento de comidas


Anuncio Publicado el Viernes , 21 de Agosto de 2009 .- Número 161

Información pública de solicitud de licencia para instalación de establecimiento de comidas, en calle Conde San Diego.

Por Dña. Paola Elizabeth Mora, actuando en nombre propio, se solicita licencia municipal para la instalación de un establecimiento de comidas para llevar "El Pollo Cabezón", en la calle Conde San Diego, bajo núm. 7, en Cabezón de la Sal.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en la Ley 17/2006 de 11 de Diciembre de Control Ambiental, se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar, puedan formular las observaciones pertinentes, en el plazo de diez días, a contar desde la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región.

Liquidación Stock de Comercio


Obras públicas en el municipio

20 agosto 2009


El consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, José María Mazón, se ha reunido esta mañana con la alcaldesa de Cabezón, María Isabel Fernández, para estudiar los proyectos que la Consejería desarrolla en el municipio. En este sentido, Mazón ha anunciado una visita al término municipal para el próximo mes de septiembre, para inaugurar las obras de mejora del entorno del Centro de la Tercera Edad.

El consejero también aprovechará la visita para inaugurar una serie de actuaciones llevadas a cabo por el Servicio de Vías y Obras de la Consejería en distintos pueblos del municipio, como el camino de Cabrojo a Virgen de la Peña, la travesía de Periedo a Cabrojo y el camino de la Fontanuca.

Asimismo, Mazón y Fernández han analizado el estado del Plan General, y el titular de Obras Públicas se ha comprometido a convocar una reunión a primeros de septiembre con los técnicos de la CROTU (Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo), el equipo redactor del Plan y el Ayuntamiento. También han analizado algunas solicitudes de obras municipales, comprometiéndose la alcaldesa a actualizar las nuevas peticiones.

En materia de Viviendas de Protección Oficial (VPO), la alcaldesa ha señalado la demanda y necesidad de colaborar para su puesta en marcha. El consejero, por su parte, se ha comprometido a que en el momento en el que reciba la información y fichas urbanísticas sobre los terrenos, la empresa pública GESVICAN los analizará y realizará un informe sobre su viabilidad para comenzar a dar respuesta a la necesidad de Viviendas de Protección Oficial.

Oferta de empleo - Jefe de Sala/Camarero


LUGAR DE TRABAJO: RENEDO DE CABUÉRNIGA
FUNCIONES DE CAMARERO/A Y ENCARGADO/A DE SALA.
HORARIO DE TRABAJO: 13 A 15 Y 2 0 A 24 HORAS;
SUELDO: 1090E BRUTOS.
IMPRESCINDIBLE EXPERIENCIA MÍNIMA DE 2 AÑOS, CARNET Y COCHE.
Enviar Curriculum Vitae al correo electrónico delgado_s@gobcantabria.es hasta el día 21.08.09

San Bartolomé y San Sebastián en Ontoria


Curso de formación para desempleadas


Acción formativa gratuita, para mujeres desempleadas, que se va a impartir a partir del 7 de septiembre en FORMALTEC, urb. La Brañona nº 1 (Cabezón de la Sal). Esta acción formativa es un itinerario integrado de inserción orientado al empleo y autoempleo de mujeres en situación de desempleo.

Se trata de un curso, totalmente gratuito, de “TÉCNICO EN SOFTWARE OFIMÁTICO”, comenzará en septiembre y finaliza en diciembre, en horario de mañanas. De 9:00 a 14:30. La selección para este curso de realizará el día 25 de agosto.

Mercado del Cocido Montañés en Pesquera

Instalación de almacenamiento y suministro de GLP


Anuncio Publicado el Jueves , 20 de Agosto de 2009 .- Número 160

Información pública de expediente de instalación de almacenamiento y suministro de GLP para vehículos automóviles en estación de servicio de Cabrojo.

Presentado en este Ayuntamiento expediente para implantar una instalación de almacenamiento y suministro de G.L.P., para vehículos automóviles en la estación de servicio ubicada en el p.k. 244,300 de la carretera N-634, en Cabrojo, término municipal de Cabezón de la Sal, a instancia de don Valentín Pereda Alonso, actuando en nombre y representación de la sociedad Área de Servicio Virgen de la Peña, S. L., se expone al público por plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinarlo en la Secretaria del Ayuntamiento, en horario de oficinas de 9 a 14 horas, para deducir alegaciones.

Taller Profesional

19 agosto 2009


El Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Cabezón de la Sal convocan 15 plazas para un Taller Profesional especialidad: Ayundante Técnico en acabados y pintura en la construcción. Para más información pincha en la imagen.

Oferta de trabajo - Ayudantes de Recepción



LUGAR DE TRABAJO: RENEDO DE CABUÉRNIGA.
HORARIO: TARDE, NOCHE Y CORRETURNOS.
SUELDO: 911E BRUTOS.
REQUISITOS: TITULACION ACADEMICA DE FORMACION PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR DE TURISMO O DIPLOMATURA DE TURISMO; IMPRESCINDIBLE EXPERIENCIA MÍNIMA DE DOS AÑOS; NIVEL MEDIO DE INGLES Y FRANCES; CARNET DE CONDUCIR Y VEHICULO.

Enviar Curriculum Vitae al correo electrónico:
mailto:delgado_s@gobcantabria.es hasta el día 21.08.09.

San Bartolomé en Cobijón


Procedimiento sancionador


Anuncio Publicado el Miércoles , 19 de Agosto de 2009 .- Número 159

Dirección General de Turismo

Notificación de resolución de procedimiento sancionador número 37/09 TUR.

No habiéndose podido notificar al interesado a través del Servicio de Correos la resolución de procedimiento sancionador que se cita, se hace público el presente anuncio en cumplimiento de lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Resolución de procedimiento sancionador número 37/09/TUR. Nombre: D. Mario González Amaya N.I.F.: 13915242-N como titular del establecimiento "Vinatería Salvatierra" Domicilio: Bº Carrejo, s/n C.P. 39500 Cabezón de la Sal (Cantabria) Motivo: No expedir o hacerlo sin los requisitos exigidos, facturas o justificantes de cobro por los servicios prestados. Sanción: Multa de 80 euros.

A partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente anuncio, queda abierto el plazo de un mes para interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, sin perjuicio de aquellos otros recursos que se estimen oportunos.

Mercado Medieval en San Vicente de la Barquera


Todo sobre la gripe A

18 agosto 2009


- Información diaria de casos confirmados en Cantabria
- Comunicados y notas de prensa
- Preguntas y respuestas sobre la Nueva Gripe A
- Información para colectividades:

Guarderías
Campamentos u otras actividades de ocio
Residencias de mayores y discapacitados

Empresas o centros de trabajo

Plan eólico de Cantabria


Ésta es la información sobre los parques eólicos de Cantabria, en la que se recoge el plan y también se ven mapas de donde serán instalados los aerogeneradores (Sierra del Escudo de Cabuérniga). Si quieres más información visita la página:

http://www.genercan.es/genercan/plan_eolico/ampliar.php?Id_contenido=1050&v=0

Expediente sancionador - denuncia -


Anuncio Publicado el Martes , 18 de Agosto de 2009 .- Número 158

Notificación de resolución de expediente sancionador en denuncia número C-14042/09.

Habiendo sido imposible practicar la notificación de la resolución de fecha 30 de junio de 2009, a don Víctor Manuel Medina Palomino, con DNI 7959893 (Dcia. C-14042/09), y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procédase a practicar la notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Santander y en el Boletín Oficial de Cantabria, la citada resolución que a continuación se transcribe:


"Santander, 30 de junio de 2009

Resultando que con fecha 23 de marzo de 2009, se acordó iniciar expediente sancionador contra don Víctor Manuel Medina Palomino, como consecuencia de la denuncia formulada por los agentes núms. 236 y 277 de la Policía Local, el día 8 de marzo de 2009, por ejercer la venta ambulante sin autorización municipal, en el Rastro de Pasaje de Peña, decomisando y depositando en la calle Castilla nº 32 la siguiente mercancía:

- 1 rotaflex - 1 desbrozadora - 1 martillo - 1 hilo de cortar césped - 1 set destornilladores - 2 set de sierras - 1 rotaflex pequeña - 1 set llaves de carraca - 1 set de brocas - 5 discos grandes y 10 pequeños - 1 cuter - 1 detector de metales.

Resultando que ha transcurrido el plazo legal concedido en la citada resolución, y don Víctor Manuel Medina Palomino, no ha formulado alegaciones sobre el contenido de la misma.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.3 y el artículo 51 b) de la Ordenanza reguladora de las ventas fuera de establecimiento comercial permanente y otras ventas especiales en el municipio de Santander de 2.006, con lo dispuesto en el art. 131 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en uso de las facultades atribuidas por las disposiciones vigentes, y por la delegación conferida por el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2.007, el Concejal-Delegado de Mercados, adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero: Imponer a don Víctor Manuel Medina Palomino, con DNI 7959893, y domicilio en Carrejo, Cabezón de la Sal, una multa de 151 euros, por ejercer la venta ambulante sin autorización municipal, el día 8 de marzo de 2009, en el Rastro de Pasaje de Peña.


Segundo: Suspender la medida cautelar de decomiso de la mercancía y proceder a la devolución de la mercancía decomisada, una vez satisfecho el importe de la multa impuesta."

El pago de dicha multa debe efectuarse en el Negociado de Rentas del Ayuntamiento de la siguiente forma: a) Si la notificación de la presente resolución se efectúa entre los días 1 y 15 de cada mes, el pago deberá realizarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; b) Si la notificación de la presente resolución se efectúa entre los días 16 y último de cada mes, el pago deberá realizarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuese hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si el ingreso no se efectúa en los plazos señalados anteriormente, se exigirá en vía de apremio de acuerdo con lo establecido en el artículo 91 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Contra esta resolución, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de 1 mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente a la presente notificación.

De no ser resuelto el recurso de reposición de forma expresa dentro del mes siguiente a su presentación en el Registro General, dispondrá de un plazo de 6 meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, a partir del día siguiente a dicha desestimación presunta.

Podrá formular, asimismo, cualquier reclamación que entienda convenir a su derecho.

I Torneo de pulsos en Barcenillas


Solicitud licencia instalación caseta metálica


Anuncio Publicado el Martes , 18 de Agosto de 2009 .- Número 158

Información pública de solicitud de licencia para instalación de caseta metálica.

Presentada en este Ayuntamiento solicitud para colocar una caseta metálica en la parcela 174 del polígono 16, en Santibáñez, término municipal de Cabezón de la Sal, a instancia de doña Avelina Herrero Sánchez, se expone al público por plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinarlo en la Secretaria del Ayuntamiento, en horario de oficinas de 9 a 14 horas, para deducir alegaciones.

Real Decreto de los 420 euros

17 agosto 2009


Adjudicación provicional Atención Domiciliaria Mancomunidad Valles Saja y Corona



Anuncio Publicado el Lunes , 17 de Agosto de 2009 .- Número 157

Resolución de adjudicación definitiva del contrato de Servicio de Atención Domiciliaria para los municipios de Cabuérniga, Mazcuerras, Ruente y Los Tojos.

1.- Entidad adjudicadora: Mancomunidad de los Valles Saja y Corona.

2.- Objeto del Contrato: Servicio de atención domiciliaria para los municipios de Cabuérniga, Mazcuerras, Ruente y Los Tojos.

3.- Tramitación y procedimiento: Abierto con varios criterios de valoración.

4.- Tipo de licitación: Precio 12,51 euros/hora, (13.39 euros/hora, IVA incluido).

5.- Número de ofertas recibidas: Tres.

6.- Adjudicación definitiva: Acordada por el Pleno de la Mancomunidad el día 20 de julio de 2009 a favor de «Solidaridad Familiar S.L.», en el precio de 12,51 euros/hora, (13,39 euros/hora con IVA).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 138 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

Relación de Subvenciones concedidas por el Servicio Cántabro de Empleo

Mas abajo figuran las subvenciones concedidas por el Servicio Cántabro de Empleo en el segundo semestre de 2.009 al Ayuntamiento.

Finalidad: Su objetivo es la realización de obras o servicios de interés general o social por las Corporaciones Locales y a las entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, de modo que permita el aumento de la ocupabilidad de los trabajadores desempleados participantes en los mismos, a través de la adquisición de experiencia en determinadas profesiones u oficios.

IMPORTES

- 66.000,00
- 17.000,00
- 11.000,00
- 56.000,00

Ordenanza reguladora de concesión de ayudas sociales en la Mancomunidad de Los Valles de Saja y Corona.

14 agosto 2009


Anuncio Publicado el Viernes , 14 de Agosto de 2009 .- Número 156

Información pública de la aprobación definitiva de la Ordenanza General reguladora de las concesión de ayudas sociales de carácter extraordinario de la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona, y convocatoria del año 2009.

Transcurrido el período de exposición pública del expediente de aprobación de la Ordenanza General reguladora de las concesión de ayudas sociales de carácter extraordinario de la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2009, publicado en el BOC del 10 de junio de 2009, y no habiéndose presentado ninguna reclamación contra el mismo, se considera definitivamente aprobado.

Se publica la Ordenanza aprobada en el Anexo a este anuncio, para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 70.2 de la Ley reguladora
de las Bases del Régimen Local y 196.2 del Real De-
creto 2.568/1986.

Contra el referido acuerdo definitivo podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente anuncio.

Y se hace pública la convocatoria para el año 2009 de las ayudas sociales de la Mancomunidad de los Valles Saja y Corona reguladas conforme dicha Ordenanza.

Las ayudas a conceder en esta convocatoria del ejercicio 2009, se efectuarán con cargo a la partida 300.480, ascendiendo la cuantía total del crédito destinada a la concesión de las citadas ayudas a 15.000,00 euros.

Cabezón de la Sal, 27 de julio de 2009.–El presidente, Celestino Fernández García.



ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN
DE AYUDAS SOCIALES DE CARÁCTER
EXTRAORDINARIO

TÍTULO I

Objeto de la Ordenanza

Artículo 1º.- Objeto.

1º.- Es objeto de la presente Ordenanza la ordenación y regulación de la concesión de ayudas sociales de carácter extraordinario establecidas por la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona.

2º.- No se consideran ayudas sociales las prestaciones constitutivas de servicio público, efectuada mediante precio o sin él, prestadas por la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona, bien de forma directa o a través de contratista interpuesto, y cuya finalidad es paliar las carencias de determinados colectivos al objeto de lograr mediante las misma el mantenimiento de unas condiciones adecuadas de vida, las cuales serán objeto de regulación en sus Ordenanzas específicas.

Se consideran prestaciones de carácter social los siguientes servicios prestados por la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona:

- Servicio de Ayuda a Domicilio.

- Teleasistencia.

- Concesión de tarjetas de aparcamiento reservado para personas con minusvalía.

3º.- Se entiende por ayudas de carácter social toda disposición dineraria realizada por la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona, a favor de personas físicas y que cumpla los siguientes requisitos:

- Que la entrega se realice sin contraprestación directa de las personas beneficiarias.

- Que la entrega esté sujeta bien al cumplimiento de un determinado objetivo, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación de las previstas en esta Ordenanza, debiendo cumplir la persona beneficiaria las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

4º.- Con independencia de las ayudas de carácter social reguladas en esta Ordenanza, la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona, a través de los Servicios Sociales Municipales, desarrollará la actividad de servicio público oportunas que exijan y requieran las atribuciones y competencias que el Ordenamiento jurídico atribuye a las Entidades Locales en el ámbito del Bienestar Social.

TÍTULO II

Normas Generales

Artículo 2º.- Concepto.

1º.- Son ayudas de carácter directo, para cuya concesión los interesados no se encuentra sometida a concurrencia pública, pudiendo presentarse la solicitud en cualquier momento del ejercicio presupuestario.

2º.- Quedan exceptuadas de esta Ordenanza las ayudas directas de carácter nominativo recogidas en los Presupuestos Municipales de cada ejercicio y para cuya concesión y entrega efectiva será preciso la formalización del oportuno Convenio, a suscribir por la Presidencia, en el que se recoja los fines de la subvención, su cuantía, forma de entrega y pago, justificación y demás obligaciones de las partes.


Artículo 3º.- Definición y objetivos.

1º.- Se consideran ayudas económicas de carácter social las que concede la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona a personas físicas, con carácter directo, y consistente en una aportación valorable económicamente a título personal, con finalidad de atender a una necesidad social y destinadas a:

1) Paliar necesidades específicas de aquellas personas carentes de recursos económicos que temporalmente no puedan percibir otras prestaciones.

2) Propiciar la mejora de las condiciones personales y/o familiares a través de una intervención global.

2º.- La concesión de estas ayudas económicas de carácter social podrá supeditarse a la realización de una previa intervención familiar por parte del departamento de Servicios Sociales.


Artículo 4º.- Consignaciones presupuestarias y carácter de las ayudas.

1º.- Las ayudas sociales recogidas en esta Ordenanza, se otorgarán a fondo perdido, no generando ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no podrán alegarse como precedentes.

2º No podrán concederse más de dos ayudas de emergencia social durante un año para atender situaciones de urgente necesidad que se originen en una misma unidad de convivencia independiente; además deberá existir una distancia de seis meses entre la primera y la segunda ayuda concedida.

3º.- El Pleno de la Mancomunidad determinará la cuantía global destinada anualmente a estas ayudas. La concesión de las ayudas económicas recogidas en esta Ordenanza se realizará, estrictamente, dentro de los límites de la consignación presupuestaria establecida en el presupuesto anual aprobado por la Mancomunidad, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que supongan la concesión de ayudas que superen los límites presupuestarios a tal efecto establecidos.

4º.- La Presidencia, a propuesta de las Concejalías de Servicios Sociales, fijará los criterios y módulos económicos, así como los topes máximos, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias para la valoración y concesión de las subvenciones, atendiendo la planificación municipal en materia de Servicios Sociales, así como a la racionalización de los servicios y a las limitaciones presupuestarias.


Artículo 5º.- Órgano competente, procedimiento, plazo de resolución y sentido del silencio administrativo.

1º.- La competencia para concesión de las ayudas sociales de carácter extraordinario corresponde a la Presidencia, sin perjuicio de las posibles delegaciones que la misma pueda efectuar en otros órganos municipales.

En todo caso estas subvenciones requerirán para su concesión la incorporación de previo informe de sus Servicios sociales, de la Concejalía de servicios sociales del Ayuntamiento del que fuese vecino el solicitante, y de intervención, en relación con la existencia de razones sociales y de crédito suficiente para su concesión.

2º.- En el ejercicio de su actividad la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona coordinará sus actuaciones con las desarrollas por el resto de las Administraciones Públicas, y en especial con el Gobierno de Cantabria dentro de los programas de colaboración a tal efecto establecidos.

3º.- Las solicitudes de ayudas recogidas en esta Ordenanza, deberán ser resueltas, salvo previsión expresa en contrario, en el plazo de tres meses a contar desde la presentación de la solicitud.

4º.- Transcurrido el plazo indicado sin que la Administración resuelva, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio de la obligación municipal de resolver de forma expresa la solicitud de ayuda o la convocatoria efectuada.


Artículo 6º.- Recursos.

1º.- Contra las resoluciones de ayuda podrán los interesados interponer ante el órgano que resolvió la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición en los plazos y con cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre.

2º.- Caso de no desear el interesado interponer el citado recurso, la resolución podrá ser objeto de recurso contencioso-administrativo ante los órganos y en los plazos establecidos en la Ley 29/1998 de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3º.- En todo caso las resoluciones expresas que sean notificadas a la persona interesada posibilitarán la interposición de los recursos oportunos con independencia del plazo transcurrido desde la solicitud o plazo de finalización de la convocatoria.


Artículo 7º.- Obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas sociales.

1º. Las personas beneficiarias de las ayudas sociales deberán cumplir las pautas o directrices que establezca el Departamento de Servicios Sociales.

2º. Será obligación de los/as beneficiarios/as de las ayudas sociales:

1. Destinar la ayuda al fin concedido o ejecutar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

2. Justificar ante la Mancomunidad el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la ayuda.

3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Mancomunidad, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pueda realizar a través de sus órganos.

4. Comunicar a la Mancomunidad la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas o destinadas al mismo fin que para el que fue concedido la ayuda municipal.

5. Presentar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

6. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en caso de incumplimiento en los supuestos contemplados en estas bases y en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre.

7. Escolarización y asistencia regular al colegio de los menores en edad escolar obligatoria.

8. No ejercer la mendicidad ni siquiera de forma encubierta.

9. Mantener la inscripción como demandantes de empleo de los/as componentes de la unidad familiar mayores de 16 años.

10. Realizar una búsqueda activa de empleo y/o formación dando cuenta periódicamente a los Servicios Sociales Municipales.

11. Mantener la continuidad en los tratamientos médicos o de otro tipo así como en las actividades de formación propuesta.

12. Poner en conocimiento de la Mancomunidad cuantas variaciones se produzcan en su situación personal, familiar, laboral y económica, siempre que guarden relación con la ayuda concedida.

13. Mantener el empadronamiento y la residencia durante el tiempo de percepción de la ayuda.

14. Cualquier otra obligación relacionada directamente con el objeto de la ayuda y que específicamente se establezca en el acuerdo de concesión de ésta, y que será propuesta conforme el criterio profesional de los Servicios Sociales Municipales.

3º.- Para poder hacer efectivo el pago de las ayudas concedidas, los/as destinatarios/as a los que se haya resuelto concedérselas, deberán tener perfectamente justificadas las subvenciones otorgadas en ejercicios anteriores, si las hubiera.


Artículo 8º.- Abono de la subvención y reintegros.

1.- Con carácter general, la forma de pago se efectuará mediante un pago único

2.- Las personas beneficiarias de las ayudas estarán obligadas al reintegro de las cantidades recibidas, además de en las situaciones recogidas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en los siguientes casos: .

a) Incumplimiento de las obligaciones de la justificación.

b) Obtención de la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello.

c) Incumplimiento de los objetivos para los que la subvención fue concedida.

d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las personas físicas, con motivo de la concesión de la subvención.

g) Por incumplir o impedir el control financiero por parte de la Mancomunidad


Artículo 9º.- .Justificante de la percepción y entrega de la subvención.

Las personas perceptoras de la subvención, será responsable de la custodia de la misma, debiendo efectuar los abonos de los gastos a que se destinan la subvención recibida, a la mayor brevedad posible, a su destinatario final; asimismo, en su caso, deberá presentar la documentación acreditativa de la fecha de recepción de la subvención realizada por transferencia bancaria por la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona.


Artículo 10º.-Justificación de los gastos y plazo para su realización.

La Mancomunidad podrá requerirá la presentación, en el plazo de tres meses a contar desde la concesión de la ayuda, de los justificantes oportunos que acrediten el destino dado a la misma.


Artículo 11º.- Infracciones y sanciones

1.- Se aplicará a los incumplidores de las ayudas reguladas en la presente Ordenanza el régimen de infracciones y sanciones previsto en el título IV, Capítulo I de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio, siendo responsables de los mismas las personas beneficiarias de las subvenciones concedidas.

2.- Será órgano competente para la imposición de las sanciones:

a.- La Presidencia para las infracciones leves y graves.

b.- El Pleno de la Mancomunidad para las muy graves.

3.- El importe de las sanciones serán las establecidas en el capítulo II del Título IV de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio.



TÍTULO III

Ayudas sociales económicas de carácter extraordinario

Artículo 12º.- Finalidad de las ayudas.

Se podrán otorgar ayudas para los conceptos y en las condiciones que a continuación se relacionan:

1. Suministro eléctrico: Se abonará el importe de un recibo adeudado siempre que exista aviso de corte. Si éste ya se ha producido, se costeará la cuantía correspondiente a un alta nueva más el recibo adeudado.

2. Pago de alquiler o amortización de vivienda habitual.

3. Cobertura de necesidades básicas: Se entenderá por tal concepto los gastos por compra de alimentos, productos básicos de higiene personal y de limpieza de la casa, etc. La cuantía será la establecida en baremo, y el período máximo para la percepción será de dos meses.


Artículo 13º.- Cuantía de las prestaciones.

1º En el caso de deudas contraídas por el consumo de luz, agua, por el importe de la deuda, con un máximo de dos mensualidades.

2º Pago de alquiler o amortización de vivienda habitual. Dos mensualidades por el importe de la renta Social básica establecida por el Gobierno de Cantabria.

3º Fianza y primera mensualidad en caso de nuevo arrendamiento: la ayuda será el importe real o equivalente a dos mensualidades, con un máximo de 900 €

4º Cobertura de necesidades básicas: Se entenderá por tal concepto los gastos por compra de alimentos, productos básicos de higiene personal y de limpieza de la casa, etc. Previa presentación de recibos justificantes del gasto. Período máximo para la percepción será de dos meses.


Artículo 14º.- Requisitos.

La personas solicitantes de estas subvenciones económicas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad o menor emancipado

b) Residir de forma efectiva en alguno de los municipios de la Mancomunidad de los Valles Saja y Corona, y encontrarse empadronada en alguno de esos municipios con la antelación tres meses a la fecha de solicitud de la ayuda.

c) No percibir otras ayudas para la misma finalidad.

d) Carecer de bienes a excepción de:

- La vivienda habitual cuyo valor no supere, anualmente, el que se determine por la Presidencia a la vista de los valores del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

- Un vehículo (máximo de 15,99 caballos fiscales y carga máxima de 1.500 kilogramos) No se contabilizarán a tal efecto los vehículos de antigüedad superior a 8 años y aquellos que se acrediten por los interesados que se destinan al ejercicio de una actividad profesional o mercantil.

e) Encontrarse en situación de desempleo e inscritos en el Servicio Cántabro de Empleo (SCE) en la fecha de solicitud de la ayuda municipal, salvo causa no imputable al interesado. La inscripción en el SCE será exigible también para los demás miembros de la unidad familiar, mayores de dieciséis años, que carezcan de ocupación y se perciban ingresos familiares inferiores a las cuantías establecidas en el baremo recogido en esta Ordenanza.

f) Si el solicitante de la ayuda es extranjero, él y los miembros de la unidad familiar mayores de edad, que convivan con el solicitante de acuerdo con el Padrón de Habitantes, deberán hallarse en situación regular en España y sus ingresos han de ser inferiores a los establecidos en el baremo establecido en esta Ordenanza.

g).- No superar los límites económicos fijados en el artículo 18 sobre el baremos de los ingresos familiares.


Artículo 15º.- Supuestos excepcionales.

1º.- No obstante lo indicado podrán concederse prestaciones aún no cumpliendo todos los requisitos establecidos, siendo imprescindible en tal caso la valoración técnica del Departamento de Servicios Sociales.

2º.- Igualmente, previa valoración técnica, se podrán modificar los conceptos y/o cuantías a fin de adecuarlos a las situaciones concretas.

3º.-En ambos casos se tratará de situaciones excepcionales en las que se considere esencial la concesión de la prestación y/o la modificación de las condiciones, para la resolución de la problemática planteada y, en todo caso, para evitar perjuicios mayores a los solicitantes. El no cumplimiento de los requisitos será subsanado, en la medida de lo posible, una vez iniciada la percepción de la ayuda.


Artículo 16º.- Solicitudes y documentación.

1º.-Las solicitudes de concesión de las ayudas reguladas en esta Sección se formalizarán mediante instancia dirigida a la Presidencia, las cuales deberán ir acompañadas de la siguiente documentación con carácter obligatorio:

1. Fotocopia del DNI del solicitante y del cónyuge, en su caso.

2. Fotocopia del libro de familia.

3. Certificado expedido por el SCE en el que conste la antigüedad y percepciones (de todos los miembros mayores de dieciséis años).

4. Fotocopia de la declaración de renta del último ejercicio o certificado negativo expedido por la Agencia Tributaria.

5. Justificantes de los ingresos que perciba la totalidad de la unidad familiar.

6. Justificante de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de no hallarse en situación de alta o asimilado.

7. Si el solicitante de la ayuda es extranjero deberá acreditar su situación regular dentro del país mediante la presentación de pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, visado o tarjeta de identificación del extranjero, o de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2º de la Ley 4/2000, de 11 de enero, o cualquier otro documento o autorización válidamente expedido por las autoridades españolas que pruebe su estancia o residencia legal en España.

2º.-Se podrá requerir a los interesados la aportación de otros documentos distintos de los anteriormente enumerados, a efectos de constatar si reúnen las condiciones exigidas para ser beneficiarios de la prestación solicitada.

3º.- Cuando los convenios suscritos por el Ayuntamiento con la Seguridad Social, Dirección General del Catastro y Administración de Hacienda lo permitan, la documentación relativa a los certificados a expedir por dichos organismos será sustituida por una autorización de todos los miembros de la unidad familiar para la obtención por el Ayuntamiento, mediante medios telemáticos, de las certificaciones electrónicas que recojan los datos exigidos en esta Ordenanza.


Artículo 17º.- Tramitación y resolución de la solicitud.

1º.-Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento o de la Mancomunidad o en cualquiera de los registros públicos previstos en la vigente normativa administrativa, formalizándose mediante la cumplimentación y firma de una instancia que se facilitará en el citado registro.

2º.- Las solicitudes, una vez cumplimentadas junto con la documentación expresada, serán atendidas y valoradas por el Departamento Municipal de Servicios Sociales . Si el escrito de iniciación no reuniera los requisitos previstos en el artículo 70 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o no se haya acompañado alguno de los documentos exigidos en la normativa, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos, con apercibimiento de que si no lo hiciera se archivará sin más trámite (artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre).

Igualmente los solicitantes podrán modificar o mejorar su petición conforme a lo dispuesto en el artículo 71.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

3º.-Una vez recogida la documentación y realizada la valoración, el/la trabajador/a social elaborará el informe social y propondrá al órgano decisorio competente, la solución a adoptar.

4º.- El órgano competente para la concesión de las subvenciones es la Presidencia la Mancomunidad de los Valles de Saja y Corona.

5º.- En caso de concesión de la ayuda el beneficiario deberá firmar el documento propuesto por el Departamento de Servicios Sociales, en el que constarán sus compromisos y obligaciones.

6º.- En el caso de denegación, o cuando la resolución no conceda de forma integra la ayuda solicitada, la resolución será motivada y expresará los recursos que contra la misma procedan, órganos ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

7º.- Los perceptores de ayudas recogidas en esta Sección no podrán solicitar otras prestaciones económicas municipales recogidas en la misma hasta transcurridos al menos dieciocho meses desde la finalización de la ayuda concedida, excepto en los casos de urgente necesidad debidamente justificados.


Artículo 18º.-Baremo de ingresos familiares.

1º.- Los ingresos máximos percibidos por la unidad de convivencia no podrán exceder de 350 euros por unidad unipersonal e incrementándose en 150 euros por cada miembro familiar hasta un máximo de 850 euros.

2º.- Mediante Resolución de Presidencia, se actualizará anualmente el baremo de ingresos familiares recogido en el apartado anterior.

3º.- A los efectos de la aplicación de este artículo se entiende por unidad familiar las personas que viven bajo el mismo techo y tienen relaciones familiares o de convivencia efectiva formalizada que obligan a sus miembros a la prestación de alimentos.

Si en la vivienda convivieren más de una unidad familiar se valorarán las circunstancias personales.

Cartas al director (Diario Montañés)


La concejala de Festejos de Cabezón acaba con las fiestas

Soy vecina de Cabezón de La Sal e integrante de un grupo de música tradicional con el suficiente currículo personal -estudios de solfeo, piano, violín y rabel, percusionista en el referido grupo-, por no hablar del historial del mismo: actuaciones en toda la geografía cántabra, Asturias, Castilla y León, Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana; en Milán, Londres, Festival Intercéltico de Lorient, Expo 2005 en Nagoya (Japón), Méjico, Portugal, Expo de Hannover, Hamburgo, Colonia 2008 y miembro del Comité Organizador del Festival Cabuérniga Música de los Pueblos del Norte en sus catorce ediciones.

Quiero manifestar el malestar generado por la sistemática negativa por parte de la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Cabezón de La Sal, cuya titular es Zara Ursuguía, a contar con nuestra agrupación musical para participar en nuestra fiesta del Día de Cantabria, siendo nuestra agrupación, junto con el Grupo de Danzas Virgen del Campo, la principal embajadora del folclore y las tradiciones de Cantabria y los ritmos y músicas de nuestros valles por el resto del mundo, lo que, a mi entender, es parte de la nefasta gestión de la referida concejala que, sin duda -este es el tercer año que ¿organiza? las fiestas-, ha conseguido frustrar las expectativas que el cambio de gobierno municipal había generado en los vecinos que consideraban la gestión cultural anterior como algo ya caduco.
Sólo añadir mi esperanza de que el actual Gobierno Municipal tome cartas en el asunto para que dicha concejalía pase a manos de una persona competente y consciente de la importancia de nuestras fiestas, como referente y garante del mantenimiento de nuestras tradiciones.

Exposición pública del Impuesto sobre Actividades Económicas 2.009


Anuncio Publicado el Viernes , 14 de Agosto de 2009 .- Número 156

Exposición pública de las listas cobratorias del Impuesto sobre Actividades Económicas del año 2009.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en general conocimiento que en los Ayuntamientos que corresponda se hallan expuestas al público las listas cobratorias referidas a los siguientes tributos del año 2009:

- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Pertenecientes a los Ayuntamientos que seguidamente se relacionan y que tienen delegada su gestión tributaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en este Gobierno de Cantabria.

AYUNTAMIENTOS

- ANIEVAS

- ARENAS DE IGUÑA

- ARREDONDO

- BARCENA DE PIE DE CONCHA

- BAREYO

- CABEZÓN DE LA SAL

- CABEZÓN DE LIÉBANA

- CAMALEÑO

- CAMPOO DE ENMEDIO

- CAMPOO DE YUSO

- CASTAÑEDA

- CILLORIGO DE LIÉBANA

- LOS CORRALES DE BUELNA

- HAZAS DE CESTO

- HERMANDAD DE CAMPOO DE SUSO

- HERRERIAS

- LIENDO

- LIMPIAS

- MERUELO

- MOLLEDO

- PENAGOS

- PEÑARRUBIA

- POLACIONES

- POTES

- RAMALES DE LA VICTORIA

- RASINES

- RIBAMONTÁN AL MONTE

- RIONANSA

- RIOTUERTO

- LAS ROZAS DE VALDEARROYO

- RUENTE

- RUESGA

- RUILOBA

- SAN MIGUEL DE AGUAYO

- SAN PEDRO DEL ROMERAL

- SANTA MARÍA DE CAYÓN

- SANTIURDE DE REINOSA

- SAN VICENTE DE LA BARQUERA

- SOBA

- SUANCES

- TUDANCA

- UDÍAS

- VALDÁLIGA

- VALDEOLEA

- VALDEPRADO DEL RIO

- VALDERREDIBLE

- VEGA DE LIÉBANA

- VEGA DE PAS

- VILLAFUFRE

- VALLE DE VILLAVERDE

- VOTO

Los interesados que estén legitimados y por los motivos exclusivamente referidos a la gestión tributaria delegada a la que antes se ha hecho referencia podrán presentar recurso de reposición al que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, previo al contencioso administrativo, con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de recursos: Un mes, a contar desde la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Jefa del Servicio de Tributos.


Inauguración de colectores residuales en La Pesa


El consejero de Medio Ambiente, Francisco Martín, junto a la directora general de Obras Hidráulicas, Ana Isabel Ramos, y la alcaldesa, María Isabel Fernández, inaugurará hoy, a las 12:00 horas, en la ermita La Castañera (Vernejo), la prolongación de los colectores residuales del puente del Carmen, localizados en la Pesa (Cabezón de la Sal).

Las obras, que se inauguran, suponen una mejora del saneamiento en los barrios de Solapeña, Berracabras y la Espina. Además, han incluido la renovación de la red de distribución en los barrios de La Castañera, Camino de la Granja y la Presa, debido a que las existentes presentaban grandes deficiencias.

El proyecto, realizado a través de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua del Gobierno de Cantabria, ha tenido un plazo de ejecución de ocho meses.

Fiestas en Labarces

13 agosto 2009


Aprobada subvención para Taller de Empleo


Hoy se ha aprobado la subvención para el Taller de Empleo de Cabezón de la Sal por un valor de 174.874,74 euros denominado "Ajardinados".

Arteskate 2.009


Fiestas en Cantabria para el año 2.010


Estas son las fiestas para el año 2.010 en Cantabria:

Viernes 1 de enero Año Nuevo
Miércoles 6 de enero Reyes Magos
Jueves 1 de abril Jueves Santo
Viernes 2 de abril Viernes Santo
Sábado 1 de mayo Fiesta del Trabajo
Miércoles 28 de julio Día de las Instituciones
Miércoles 15 de septiembre La Bien Aparecida
Martes 12 de octubre Fiesta Nacional de España
Lunes 1 de noviembre Todos los Santos
Lunes 6 de diciembre Día de la Constitución Española
Miércoles 8 de diciembre Inmaculada Concepción
Sábado 25 de diciembre Natividad del Señor

Limunero rock 2009


LX Concurso de Bolos San Lorenzo

11 agosto 2009


 
Plantilla basada en la tic-tac de blogger.