Bando sobre la recogida de basura

11 abril 2013


Según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos aprobada en Pleno extraordinarios por el ayuntamiento de Cabezón de la Sal el 31 de mayo de 2012 se comunica a los vecinos lo siguiente,
Se incurre en infracción simple entre otras cosas, por:

  1. El depósito en los contenedores de basuras de desperdicios sueltos que disminuyan las condiciones higiénicas de los mismos.
  2. Depositar las basuras y residuos fuera de los contenedores.
  3. Depositar escombros, voluminosos, basuras y residuos en lugares no habilitados que formen vertederos incontrolados.
  4. El causar daños o realizar actuaciones susceptibles de deteriorar los contenedores o sus instalaciones.
  5. Depositar restos de poda, voluminosos y escombros dentro de los contenedores
Ascendiendo la sanción por infracción simple a 150,00 euros.
En cuanto a los residuos de restos de poda y jardinería para su eliminación comunicamos a los vecinos los dos medios que existen: uno es la realización de compost casero obteniendo así un abono de gran calidad y el otro sería su traslado al punto limpio.
Así mismo invitamos a todos los vecinos con esta problemática de residuos de poda y jardinería a interesarse por los talleres organizados por el ayuntamiento de Cabezón de la Sal, la Agenda 21 Local y la asociación IDEM, sobre el compostaje doméstico, pudiendo recibir más información en la Agencia de Desarrollo Local.

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