El BOC publica la orden de fomento de la contratación indefinida, que bonifica con hasta 8.000 euros los nuevos contratos

19 febrero 2014

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado hoy la orden de fomento de la contratación indefinida que, dotada con cinco millones de euros, subvencionará con hasta 8.000 euros la firma de nuevos contratos a personas en situación de desempleo. Además, según ha destacado la consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Cristina Mazas, "en esta segunda convocatoria, hemos apostado por ampliar la medida para que también beneficie la conversión de contratos temporales en indefinidos". En este segundo supuesto, la bonificación asciende hasta 3.000 euros.

El objetivo de la medida, según ha explicado Mazas, es "incentivar la estabilidad en el puesto de trabajo y atajar la dualidad de nuestro mercado laboral, buscando una mayor calidad en el empleo regional".
Según ha añadido la consejera, "el Gobierno de Cantabria no tiene competencias para eliminar las cuotas a la Seguridad Social, como han pedido en muchas ocasiones las principales organizaciones empresariales, pero esta subvención de hasta 8.000 euros cubre esos costes durante más de un año en la modalidad de contrataciones indefinidas iniciales. Una vez más, lo que hacemos es escuchar a quienes de verdad van a protagonizar la salida de la crisis y darles las herramientas para encontrar un escenario óptimo en el que generar riqueza y crecimiento económico. Es hacer coincidir los intereses de los empresarios con los intereses de los desempleados".

Asimismo, Mazas ha destacado como novedades que "tal y como se comprometió este Gobierno con el Ayuntamiento de Torrelavega en el mes de diciembre, por vez primera se incentiva la contratación de desempleados de la zona, especialmente golpeada por el desempleo; asimismo, también se primará a los alumnos y empresas que hayan apostado por la FP Dual y conviertan su fase de prácticas remuneradas en un contrato indefinido". En ambos casos, la subvención podrá alcanzar los 8.000 euros.

Beneficiarios y cuantías de las subvenciones

En la modalidad de fomento de la contratación indefinida inicial, se subvencionarán todos aquellos contratos indefinidos suscritos con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo a la firma.

La cuantía de la subvención:
5.000 euros para desempleados de entre 31 y 49 años (ambos inclusive)
7.000 euros para:
o        Jóvenes entre 16 y 30 años
o        Mujeres con 45 o más años
o        Hombres con 50 o más años
o        Personas desempleadas de larga duración (12 o más meses consecutivos)
Las cuantías anteriores se incrementarán en 1.000 euros adicionales para los colectivos siguientes:
o        Víctimas de violencia de género
o        Personas con discapacidad
o        Personas inscritas como desempleadas en una oficina de empleo situada en un municipio con una tasa de paro superior a la media de la Comunidad Autónoma de Cantabria en dos puntos porcentuales (términos EPA)
o        Personas desempleadas con 55 o más años
o        Personas que acrediten titulación en Formación Profesional Dual, contratadas por la empresa en que haya realizado las prácticas
o        Perceptores de la Renta Social Básica

En cuanto a la segunda modalidad, fomento de la contratación indefinida a través de la conversión de contratos de duración determinada o temporales en indefinidos, se exigirá que el contrato temporal esté vigente antes de su transformación; que no se medie interrupción entre ambos y que la conversión se realice sin que se haya superado su duración máxima como temporal de acuerdo con la normativa. En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de duración determinada o temporal el día de presentación de la solicitud.

La cuantía de la subvención será de 2.500 euros, incrementándose en 500 euros adicionales cuando la persona contratada a tiempo completo se encuentre en alguno de los colectivos siguientes:

Víctimas de violencia de género
Personas con discapacidad
Personas con 55 o más años

Las solicitudes se deben dirigir a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, presentándolas en el registro delegado de la Dirección General de Trabajo, en el Edificio Macho (calle Hernán Cortés 9, bajo, Santander).

En cuanto a los plazos, según la fecha de contratación y alta en la Seguridad Social, y la fecha de transformación de contratos temporales:

Contratos desde el 1 de enero al 31 de marzo de 2014, podrán presentarse hasta el 30 de abril de 2014
Contratos desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, se podrán presentar entre el 2 de mayo y el 31 de julio
Contratos desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre, se podrán presentar entre el 1 de agosto y el 6 de octubre

Los impresos de solicitud pueden descargarse en la página web de la Dirección General de Trabajo (www.dgte.cantabria.es) y en la página web de la Oficina de Atención a la Ciudadanía (www.cantabria.es). Asimismo, se puede solicitar más información en los teléfonos 942 20 87 77, 942 20 75 08 y 942 20 70 71.

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