La Ley del Paisaje de Cantabria ¿otra oportunidad perdida?

03 octubre 2014

La aprobación inicial del proyecto de Ley del Paisaje de Cantabria vuelve a plantearnos, tanto por los antecedentes de quienes la impulsan –e incluso por quienes ahora muestran su preocupación en sede parlamentaria con enmiendas de uno u otro signo que deberían habérselas presentado a sí mismos cuando tuvieron responsabilidades de gobierno y no hicieron nada al respecto– como por el procedimiento y los contenidos concretos, grandísimas dudas sobre la traducción pormenorizada de su espesa burocracia y su cargada retórica, así como de la aplicación y eficacia futura de reglamentos, planes y figuras supuestamente proteccionistas.


   Porque ¿acaso no recuerdan su complicidad en la degradación progresiva de la originalidad, diversidad, naturalidad, continuidad y calidad de los paisajes en Cantabria?  ¿Y su olvido sistemático de las oportunidades perdidas durante las tres últimas décadas de un tratamiento transversal e integral del paisaje con las Leyes estatales y autonómicas de Patrimonio Histórico en 1985, de Conservación de la Naturaleza, Flora y Fauna Silvestres de 1989, de Ordenación del Territorio de 1991, de Carreteras de 1996, de Patrimonio Cultural de 1998,  de Conservación de la Naturaleza de 2006, de Control Ambiental Integrado de 2006, y de Patrimonio Natural y Biodiversidad de 2007, de las leyes del Suelo y sus sucesivas reformas,  y de toda la cohorte de decretos y órdenes de acompañamiento sobre evaluaciones de impacto ambiental y desarrollos reglamentarios y normativos que establecían –y establecen, pues siguen vigentes en muchos casos– figuras específicas e instrumentos de gestión y financiación suficientes para garantizar un futuro sostenible para el paisaje de esta región? 

    Puras declaraciones de intenciones y simulacros de actuación que han culminado, ya en esta segunda década del siglo XXI, en la adhesión a la Carta de Aalborg y el Convenio del Paisaje de Florencia con la intención manifiesta de tener un nuevo marco –y éste, además, europeo– para volver a transgredirlo repetidamente, y en un Plan de Ordenación del Litoral o de Construcción en Suelo Rústico  que no ha sabido otorgar el tratamiento preciso a núcleos de población, periferias urbanas y áreas rurales; no extrajo de la anterior Ley de Costas mayores ambiciones proteccionistas –al contrario, se ha atrevido a llamar a esta nueva agresión a los valores ambientales y el paisaje, "Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral"–; y sigue sin aplicar programas ambiciosos de restauración paisajística –en vez de artificiosas estandarizaciones de espacios singulares–, incluyendo demoliciones de urbanizaciones e instalaciones ilegales, depuración de responsabilidades económicas y penales, y sanciones ejemplarizantes.

    Los resultados están a la vista: Ni un solo Paisaje Protegido tal como contemplan las leyes pasadas y vigentes, ni un solo Monumento Natural, ni una sola Area Marina Protegida, ni declaración de Paisajes y Rutas Culturales, Lugares Naturales o carreteras de especial protección ecológica y paisajística de las Leyes de Patrimonio Cultural y de Carreteras, ni rigurosas exigencias de perímetros o zonas periféricas de protección en los Bienes de Interés Cultural, al patrimonio etnográfico o a los paisajes de cercas y estructuras de mosaico en las áreas rurales, arrasadas y desarboladas por concentraciones parcelarias, urbanizaciones o polígonos dispersos o caóticos, y plantaciones de especies alóctonas... Por no hablar del reiterado aplazamiento del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) o del Plan Regional de Ordenación del Territorio (PROT) que, en términos de jerarquía normativa, deberían anticiparse a la propia y específica Ley del Paisaje, evitando muchas de las agresiones que se han venido produciendo e introducido garantias y seguridad jurídica en multitud de iniciativas públicas y privadas a través de una rigurosa localización de usos y actividades, de la integración del paisaje en la ordenación territorial y el planeamiento urbanístico –otro capítulo específico, éste, que se ha traducido en la pérdida de calidad de los paisajes urbanos, fruto de la especulación del suelo, el hacinamiento residencial, la pésima articulación de sus tramas internas o del centro con las periferias segregadas, la inflación de mobiliarios urbanos, señalizaciones y chirimbolos,  la consolidación de “espaldas invisibles” o "no lugares" en corredores de acceso,  poligonos industriales, riberas de ríos, bordes costeros…–, de la confección de catálogos y tipologías obligadas, de la dotación presupuestaria para su gestión y protección, de la presencia de valores y sensibilidad paisajística en curriculums escolares y campañas para su defensa y promoción… Aspectos y criterios que se encuentran desaparecidos o completamente difuminados en esta Ley que ahora se pretende tramitar vaciada de contenido y despojada de los fundamentos técnicos y jurídicos, de los soportes económicos, y de los objetivos fundamentales para no perder el tiempo en la maraña, los fuegos de artificio y las cortinas de humo que la decoran. 

    No es de extrañar, entonces, que el proyecto carezca de una memoria elemental, siquiera con un mínimo análisis autocrítico o diagnóstico concreto, sobre los procesos y la situación en que se encuentra el paisaje en Cantabria; que no establezca plazos sobre la redacción o ejecución de los programas que contiene; que no garantice un Fondo específico de Protección y Restauración Paisajística con un 1% Cultural que lo nutra; que ignore una articulación, vinculación y compromisos más precisos con, por ejemplo, la Ley de Montes y los Planes Forestales para restringir las repoblaciones masivas e indiscriminadas de pinos y eucaliptos que están arruinando los paisajes de Cantabria con sus insumergibles efectos-pantalla, con el carácter compacto y uniforme de sus formaciones, con la disminución de la biodiversidad y la variedad de las sucesiones estacionales respecto a las manchas, rodales o vegetación autóctona, con las secuelas de incendios y fenómenos erosivos, con la intensificación de las inundaciones por la pérdida de la capacidad de esponjamiento del suelo y la intensificación de la escorrentía –y su cortejo de daños ambientales y degradación de cuencas visuales y micropaisajes–, su incompatibilidad con otros usos recreativos, turísticos o ganaderos, la ruptura de la unidad y profundidad de perspectivas y horizontes...; que no se mencione la fragilidad de los ecosistemas fluviales, las zonas húmedas continentales y costeras, las agresiones de los encauzamientos salvajes, los macropuertos y aparcamientos, la artificialización de los sistemas dunares, y la urgencia de ampliar los bosques de galería, regenerar marismas y retranquear asentamientos y ocupaciones en los bordes litorales de bahías, estuarios, playas y márgenes de los ríos; que sufra una amnesia total respecto a la Red de Espacios Naturales Protegidos y la nefasta gestión que están padeciendo en materia de paisaje entre otros capítulos; que no incluya la elaboración de un catálogo de Paisajes Degradados con las prioridades, urgencias y criterios para su restauración o corrección de impactos; que deje de lado un Observatorio del Paisaje y Cartas del Paisaje con las que realizar el control y seguimiento de las actuaciones públicas y privadas, facilitar la participación ciudadana, y concertar estrategias entre las Administraciones y los agentes económicos y sociales para proteger, gestionar y ordenar los valores del paisaje; que se abuse, en la redacción del articulado del proyecto de ley, del verbo "podrán", en vez de comprometerse con el de "deberán" a la hora de hacer efectivas las actuaciones que se enuncian; que se ignore la necesidad de profundizar en el significado y la trascendencia de una concepción más integral y científica del paisaje con la introducción de los componentes sonoros, tactiles, aromáticos, psicológicos, literarios..., donde se establezcan aproximaciones más multidisciplinares, se trascienda la pura pasividad de la contemplación estética –sin dejar, desde luego, de considerar, los aspectos formales, la integración en el entorno y el particular cuidado de diseños, volúmenes, alineaciones..., en las rupturas de pendiente y las cimas, altitudes o perfiles más expuestos–, y se logre el mayor equilibrio entre las dinámicas internas de los diferentes paisajes –con, en su caso,  el máximo respeto a sus procesos naturales– y las intervenciones humanas, y se alcance la mayor armonía posible entre Naturaleza y Cultura no sólo en los grandes escenarios urbanos, rurales o más o menos naturalizados sino también en relación con el mal llamado Patrimonio menor, las áreas periurbanas, las vías de comunicación y los recintos fabriles...

 Emilio Carrera, Miembro de Ecologistas en Acción-Cantabria.

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